¿Tienes mascota? Así podría afectarte la nueva Ley de Bienestar Animal - Garamago Abogados
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¿Tienes mascota? Así podría afectarte la nueva Ley de Bienestar Animal

¿Tienes mascota? Así podría afectarte la nueva Ley de Bienestar Animal

Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, entra en vigor el próximo 29 de septiembre de 2023.

 

En este breve artículo voy a destacar alguno de los aspectos claves de la Ley, aprobada la pasada primavera y que entrará en vigor en breve. Supone un cambio de mentalidad con respecto a las diversas normativas vigentes y pone e foco en la protección y los derechos de los animales.

  • Animales permitidos en el hogar: Perros, gatos y hurones. Algunos que tengan la consideración de animales domésticos tal como se definen en la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal. Los pertenecientes a especies silvestres contenidas en el listado positivo de animales de compañía (que se desarrollará por la Administración mediante reglamente en un plazo de dos años). Algunos animales de producción. Las aves de cetrería y los animales de acuariofilia no incluidos en el catálogo de especies exóticas invasoras ni de especies silvestres protegidas.
  • Animales prohibidos en el hogar: Artrópodos, peces y anfibios cuya mordedura o veneno pueda suponer un riesgo grave para la integridad física o la salud de personas y animales. Reptiles venenosos y todas las especies de reptiles que en estado adulto superen los dos kilogramos de peso, excepto en el caso de quelonios. Todos los primates. Mamíferos silvestres que en estado adulto superen los 5 kg.
  • Identificación obligatoria mediante microchip de todos los perros, gatos y hurones, así como las aves, que serán identificadas mediante anillado desde su nacimiento. La inscripción de todos los animales de compañía se realizará en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma.
  • Endurecimiento de las penas por maltrato, un abandono podría costar entre 500 y 10.000 euros de multa, aumentando en función de circunstancias en las que se cometiese este acto. De considerarse ‘grave’, podría ser sancionado con multas de entre 10.001 y 50.000 euros, y si es ‘muy grave’, la sanción sería de 50.001 a 200.000 euros. Está por verse, como siempre que se dicta una normativa nueva cómo aplica la Administración estas sanciones y cómo los Tribunales resuelven los recursos.
  • No se podrá dejar solos a nuestros perros más de 24 horas. Esta ley prohíbe dejar a los animales de forma permanente en terrazas, trasteros, sótanos o vehículos.
  • En el caso de que perdamos a nuestra mascota, tendremos que comunicarlo en un plazo máximo de 48 horas.
  • Desaparece la lista de perros peligrosos, La ley deroga el listado de ocho razas de perros potencialmente peligrosos y lo sustituye por una evaluación realizada por profesionales del sector que buscara medir la sociabilidad de la mascota.
  • Curso para los titulares de perros «Las personas que opten a ser titulares de perros deberán acreditar la realización de un curso de formación para la tenencia de perros con una validez indefinida”.
  • No se podrán vender gatos, perros ni hurones en las tiendas de animales; sí podrán, en cambio, mostrar mascotas en adopción mediante acuerdos con protectoras.
  • Ferias, circos y espectáculos: Los animales desaparecerán de las atracciones de ferias y espectáculos que les causen «angustia, dolor o sufrimiento»
  • El sacrificio de animales de compañía estará prohibido si no existe una causa debidamente justificada eutanasia quedará limitada exclusivamente a motivos sanitarios y bajo control veterinario
  • Seguro de Responsabilidad civil: Obligatorio para todas las personas que tengan o sean responsables de un perro, incluye también a los perros que no son potencialmente peligrosos.

 

Previsiones de la Ley de Bienestar Animal que han generado controversia:

 

  • Inclusión de los perros de caza: por el momento están fuera del texto ya que se remite a la normativa vigente europea, estatal y autonómica correspondiente.
  • Veto a los comercios especializados y las tiendas tradicionales de venta de animales.
  • Las personas que ya tengan perro deberán también realizar, junto a sus mascotas, una prueba para “valorar su aptitud para desenvolverse en el ámbito social».
  • ¿Qué criterios seguirá la evaluación de aptitud social por los especialistas?. Tanto esta previsión, como los test, por su inconcreción están generando polémica e inseguridad jurídica.

 

Francisco García-Plata Gómez

Abogado

 

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